Clases de espacio aéreo (A–G, CTR, TMA, RMZ, TMZ)

Descripción general

El espacio aéreo se divide en clases de la A a la G, cada una con reglas específicas en cuanto a la comunicación, separación, visibilidad y los servicios ofrecidos. Estas clasificaciones están definidas por la OACI (Organización de Aviación Civil Internacional), aunque los detalles de implementación pueden variar ligeramente de un país a otro.

El espacio aéreo controlado incluye las clases de la A a la E. La clase F se usa con poca frecuencia, y la clase G es no controlada. Además, ciertos tipos de espacio aéreo como los CTR, TMA, RMZ y TMZ se superponen a estas clases para definir entornos operativos específicos cerca de aeropuertos o áreas sensibles.

Clases de espacio aéreo

Clase A

  • Sólo se permiten vuelos IFR.
  • Se proporciona separación completa de ATC para todas las aeronaves.
  • Se requiere comunicación bidireccional continua y autorización de ATC.
  • No se utiliza bajo ninguna circunstancia para vuelos VFR.

Clase B <span style="font-weight:normal;">(no se utiliza en la mayoría de los países europeos)</span>

  • Permite tanto vuelos IFR como VFR.
  • Todas las aeronaves reciben separación de ATC.
  • Requiere autorización y contacto de radio continuo.
  • Normalmente se utiliza alrededor de grandes aeropuertos internacionales (p.ej., EE. UU.).

Clase C

  • Se permiten tanto vuelos IFR como VFR.
  • Los vuelos IFR reciben separación de todas las aeronaves; los vuelos VFR obtienen separación con respecto a los IFR y reciben información del tráfico de otros vuelos VFR.
  • Se requiere contacto por radio y autorización para ambos.

Clase D

  • Se permiten tanto vuelos IFR como VFR.
  • Se separan los vuelos IFR de otros IFR; los vuelos VFR sólo reciben información sobre el tráfico.
  • Se requiere autorización de ATC y comunicación bidireccional.
  • Común en los CTR (Zonas de Control) alrededor de aeropuertos regionales.

Clase E

  • Se permiten vuelos IFR y VFR.
  • Los vuelos IFR reciben separación; los vuelos VFR no están separados y no requieren autorización.
  • El contacto por radio no es obligatorio para VFR en algunos países, pero es altamente recomendado.
  • A menudo comienza a 1,000 o 2,500 pies AGL, dependiendo de la región.

Clase F

  • Espacio aéreo de consulta (raro en Europa).
  • Servicio de ATC limitado.
  • No es ampliamente utilizado ni es relevante para la mayoría de las operaciones de aviación general.

Clase G

  • Espacio aéreo no controlado.
  • Se permiten tanto vuelos IFR como VFR, pero no se proporciona separación por ATC.
  • El uso de radio no es obligatorio a menos que se encuentre en zonas RMZ/TMZ designadas.
  • Los pilotos son responsables de su propia separación.

Tipos especiales de espacio aéreo

CTR – Zona de Control

Un volumen definido de espacio aéreo controlado alrededor de un aeropuerto, que se extiende desde la superficie hasta un límite superior especificado.

  • Generalmente es Clase D en Europa.
  • Requiere autorización de ATC antes de entrar.
  • Se utiliza para proteger el tráfico de llegadas y salidas.

TMA – Área de Control Terminal

Un volumen mayor de espacio aéreo controlado por encima de uno o más CTR.

  • Diseñado para gestionar vuelos IFR entrantes y salientes.
  • Generalmente es Clase C o D.
  • A menudo se organiza en configuraciones complejas.

RMZ – Zona de Radio Obligatoria

Espacio aéreo donde la comunicación por radio es obligatoria para todos los vuelos, aunque pueda ser de clase G.

  • Diseñado para aumentar la conciencia situacional y la coordinación del tráfico.
  • No se requiere autorización de ATC, pero los pilotos deben realizar comunicaciones de posición e intenciones.

TMZ – Zona de Transpondedor Obligatorio

Todas las aeronaves deben operar un transpondedor en funcionamiento (usualmente Mode S).

  • No se requiere autorización de ATC a menos que se encuentre en espacio aéreo controlado.
  • A menudo se superpone con RMZ o corredores de clase G con mucho tráfico.

Notas importantes

  • Los pilotos VFR deben estar al tanto de la clase de espacio aéreo en la que operan y cumplir con los requisitos correspondientes.
  • Entrar en un espacio aéreo controlado (A–D) sin autorización es una infracción y puede llevar a acciones de ejecución.
  • Las clases de espacio aéreo se representan en las cartas aeronáuticas y deben revisarse minuciosamente durante la planificación del vuelo.