Los mínimos para aproximación circular son los requisitos de altitud mínima y visibilidad que un piloto debe cumplir para realizar de manera segura una aproximación circular, maniobra utilizada cuando la aproximación por instrumentos conduce a una pista diferente de aquella en uso. Estos mínimos aseguran que la aeronave se mantenga libre de obstáculos mientras se maniobra visualmente para aterrizar tras completar una aproximación por instrumentos. Los mínimos se publican para cada procedimiento de aproximación y varían en función de la categoría de la aeronave (A–D), que refleja la velocidad de aproximación.
| Categoría | Velocidad de aproximación (KIAS) | Radio desde el umbral de la pista |
|---|---|---|
| A | ≤ 90 | ~1.68 NM |
| B | 91–120 | ~2.66 NM |
| C | 121–140 | ~3.28 NM |
| D | 141–165 | ~4.20 NM |
Nota: Los radios protegidos reales pueden variar según la elevación y los estándares de diseño del procedimiento (por ejemplo, TERPS vs. PANS-OPS).
| Elemento | Definición |
|---|---|
| Altitud Mínima de Descenso (MDA) | La altitud mínima permitida (MSL) para la maniobra |
| Altura de Separación de Obstáculos (OCH) | Distancia vertical sobre el umbral de la pista o la elevación del aeropuerto |
| Visibilidad | Requerida para mantener una vista constante del entorno de la pista |