Las Reglas de Vuelo por Instrumentos (IFR) son un conjunto de regulaciones aeronáuticas bajo las cuales un piloto opera una aeronave utilizando principalmente instrumentos para la navegación y el control, en lugar de referencias visuales. Se requiere IFR cuando se vuela en condiciones meteorológicas instrumentales (IMC) o en ciertos espacios aéreos controlados, independientemente de las condiciones climáticas. Los pilotos deben estar certificados para volar por instrumentos y la aeronave debe estar equipada y certificada para operaciones IFR.
| Requisito | Descripción |
|---|---|
| Licencia de piloto | Debe poseer una habilitación para vuelo por instrumentos (IR) |
| Equipamiento de la aeronave | Debe incluir instrumentos giroscópicos, radios de navegación/comunicación, transpondedor y equipos alternativos |
| Plan de vuelo | El plan de vuelo IFR debe ser presentado y activado |
| Autorización de ATC | Requerida antes de ingresar al espacio aéreo controlado o iniciar el despegue bajo IFR |
| Comunicación | Contacto continuo bidireccional por radio con ATC |
| Característica | IFR | VFR |
|---|---|---|
| Navegación | Instrumentos | Referencias visuales |
| Separación ATC | Proporcionada | No garantizada |
| Requisitos de tiempo | IMC o VMC | Sólo VMC |
| Acceso al espacio aéreo | Todas las clases (A–G) | Restringido en algunos espacios aéreos |
| Certificación del piloto | Requiere habilitación para vuelo por instrumentos | Licencia privada o comercial |
| Uso típico | Aerolíneas, rutas IFR, IMC | Aviación general, vuelos locales |